NORMATIVA DE LA PISCINA

Según el artículo 29 del decreto 95/2000 de 22 de febrero, por el cual se establecen las normas sanitarias en piscinas de uso público y conjuntamente con la propuesta de normas de régimen interno desarrolladas por el Departamento de Salud y Sanidad de la Generalitat de Catalunya:
Es necesario utilizar gorro para poder bañarse en la piscina, y se recomienda el uso de zapatillas de goma.
Es necesario ducharse antes de entrar en la piscina por primera vez.
No se permite utilizar ningún tipo de jabón o gel en la duchas de la piscina.
No se permite el acceso con roba o calzado de calle ni bolsas.
No se permite comer ni fumar.
No se permite correr, saltar, empujar ni hacer castillos dentro del agua. El/la socorrista o monitor/a tomará las medidas adecuadas para evitarlo.
Solo son permitidos los flotadores de uso individual. No se permiten las gafas de cristal y/o buceo.
El material del centro es para uso interno y según disponga el/la técnico/a y/o socorrista.
Los abonados deberán respetar los espacios reservados para ellos en el caso de que se impartan cursos.
Los niños menores de 12 años no podrán estar solos en el agua.
Si se padecen infecciones (en la vista o en la piel) no será posible bañarse sin consultar a su médico. En caso de poder bañarse, si siente cualquier molestia deberá salir del agua.
Se nadará siempre por el lado derecho del carril que se ocupe.









